DISPONIBILIDAD DE FONDOS PARA SOLICITAR SERVICIOS DE ASISTENCIA TÉCNICA Y CAPACITACIÓN SUFRAGADOS BAJO EL PROGRAMA TÍTULO IV, PARTE B, 21ST CENTURY COMMUNITY LEARNING CENTERS, DE LA LEY DE EDUCACIÓN ELEMENTAL Y SECUNDARIA (ESEA) DEL 1965, SEGÚN ENMENDADA, AÑO ESCOLAR 2019-2020

El Departamento de Educación de Puerto Rico (DEPR) administra los programas federales comprendidos bajo la Ley de Educación Elemental y Secundaria del 1965 (ESEA), según enmendada. Estos van dirigidos al desarrollo de proyectos, actividades y servicios a la población escolar elegible para propósitos específicos de cada programa federal.

Esta convocatoria es exclusivamente para solicitar servicios de asistencia técnica y capacitación para los proyectos que reciben fondos bajo el Programa Título IV Parte B, 21st Community Learning Centers, secciones 4201, 4204, 4205, cuyo propósito es proveer oportunidades a las comunidades para establecer o ampliar actividades en Centros de Aprendizaje de la Comunidad y ofrecer estrategias de enriquecimiento académico.

Entidades elegibles:

Pueden presentar propuestas las entidades con o sin fines de lucro, debidamente, incorporadas e instituciones de educación superior acreditadas.

El proveedor a ser seleccionado debe cumplir con los siguientes requisitos:

 

  1. Ser una entidad cualificada con un mínimo de cinco años de experiencia conocimiento y práctica probada trabajando con modelos educativos.
  2. Experiencia proveyendo asistencia técnica y capacitación preferiblemente, a proyectos en horario extendido (evidenciar efectividad).
  3. Experiencia en recopilación y análisis de datos.
  4. Tener recursos con conocimiento preciso en prácticas y estrategias educativas basadas en evidencia que ayuden a aumentar el aprovechamiento académico.
  5. Tener la capacidad institucional para proveer asistencia técnica grupal, individual y capacitar al personal de los Centros de Aprendizaje Comunitarios.
  6. No podrá someter propuesta aquel proveedor que tenga contrato vigente con el Programa 21st Century Community Learning Centers para evitar conflicto de interés y asegurar la transparencia en el proceso.

 

Los servicios deben estar dirigidos a la asistencia técnica y capacitación profesional individual o grupal del personal administrativo y académico de los subreceptores (subgrantees) y los centros de los proyectos

El DEPR se asegurará de que la entidad o firma tenga la capacidad de proveer el servicio de forma responsable y la habilidad de brindar con éxito los servicios bajo los términos y condiciones de la convocatoria y el contrato que se otorgue.

La propuesta podrá ser sometida para continuación por un período máximo de cinco años. La continuación de esta propuesta de servicios en su segundo, tercer y cuarto año, dependerá de la ejecución del proponente y la disponibilidad de los fondos del programa.

El personal del Programa “21st Century Community Learning Centers de la Secretaría Auxiliar de Asuntos Federales (SAAF) y de la Unidad de Adjudicación de Fondos, adscrita a la Oficina Central de Compras y Obligaciones, ofrecerán una orientación sobre esta convocatoria y los requisitos para presentar la propuesta el jueves 20 de junio de 2019, comenzando a la 9:00 a. m. en la Sala de Conferencias 1 de la SAAF en la nueva sede del DEPR. Localizado en la calle Federico Costa #150, Hato Rey. Debido a lo limitado del espacio en la sala de conferencia, solicitamos un representante por entidad.

Para más información, sobre el Formulario de Solicitud o sobre la convocatoria, puede llamar al (787) 773-2380.  El Formulario de Solicitud y toda la información relacionada a esta convocatoria estará disponible a través del siguiente enlace: http://www.de.gobierno.pr/asuntos-federales a partir de la fecha de la orientación.

Se aceptarán las propuestas entregadas a la mano en el correo de la SAAF o mediante el sistema de entrega del correo federal o privado, debidamente recibidas, a más tardar el martes 9 de julio de 2019 a las 4:30 p. m. Las propuestas deberán ser dirigidas a la Lcda. Norma J. Rolón Barada, directora Oficina Central de Compras y Obligaciones a la siguiente dirección física:

 

Calle Federico Costa # 150

Hato Rey, Puerto Rico, 00919-0759

 

Cada proponente debe someter la propuesta en original y tres copias no encuadernadas, preferiblemente con sujetador de metal (binder clip), y una copia en formato digital (“CD” o pen drive).

 No se aceptarán propuestas luego de la fecha establecida. Tampoco se aceptarán enmiendas al documento de la propuesta después de que haya sido radicada. Cada propuesta será evaluada de acuerdo con los criterios establecidos por el DEPR. El DEPR se reserva el derecho a sustituir o modificar el concepto de la propuesta en igualdad de condiciones. Asimismo, podrá utilizar las propuestas aprobadas como modelos o prácticas efectivas. Toda propuesta presentada debe ser un trabajo original de la entidad que somete. En la eventualidad que se descubra un plagio, el DEPR tiene derecho a remover la propuesta y no ser considerada para evaluación.

El DEPR se reserva el derecho de rechazar o denegar solicitudes que no cumplan con los requisitos que aparecen en esta convocatoria o en los documentos del paquete informativo que estará disponible en la página web del DEPR o con las disposiciones de ley y reglamentos estatales o federales aplicables al programa que provee los fondos. La determinación de las propuestas adjudicadas por el DEPR es inapelable.

 

Eligio Hernández, Ed. D.

Secretario interino

El Departamento de Educación no discrimina de ninguna manera por razón de edad, raza, color, sexo, nacimiento, condición de veterano, ideología política o religiosa, origen o condición social, orientación sexual o identidad de género, discapacidad o impedimento físico o mental; ni por ser víctima de violencia doméstica, agresión sexual o acecho.